¿Vas a poner en renta un inmueble? Toma nota de tus obligaciones

¿Vas a poner en renta un inmueble? Toma nota de tus obligaciones

Si tienes una propiedad, la cual pondrás en renta, sabes que te generará un rendimiento, pero al mismo tiempo adquieres obligaciones, tanto como con el fisco como con el propio inquilino que se mude al inmueble.

El arrendador es aquella persona que ofrece y cede para usar una vivienda en este caso por un tiempo a cambio de un costo, entre los inmuebles más comunes para rentar se encuentran: departamentos habitacionales, casa habitación, bodegas y edificios.

Un requisito primordial para poner en renta un inmueble, el propietario debe comprobar que cuenta con la posesión legal de dicho lugar. En México, las leyes de arrendamiento se encuentran dentro del Código Civil Federal, además, dentro del código civil de cada estado, por lo que las normas pueden ser diferentes en cada sitio.

El artículo 2398 del Código Civil Federal, establece que el contrato de arrendamiento debe mencionar el acuerdo realizado entre las dos partes, desde la obligación de conceder el uso del inmueble, hasta el monto a pagar por dicho beneficio, existirán cláusulas que traten sobre la vigencia del contrato, entre otras.

Otra obligación que se adquiere es ante el fisco, ya que existe un régimen de hacendario de arrendamiento, en donde se encuentran los contribuyentes que obtienen ingresos por medio de sus rentas, lo que genera que debas tributar por obligación en el Régimen Fiscal de Arrendamiento ya que obtienes una compensación económica al rentar tu propiedad y para ello requieres:

  • Estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Contar con la información actualizada en el RFC, de no ser así comunicarlo al SAT.
  • Si eliges la opción de deducciones propias, estarás obligado a encargarte de tu propia contabilidad.
  • Si se expiden comprobantes electrónicos mensualmente al pago de la renta, se deberá añadir a cada uno el número de cuenta predial del inmueble al que corresponde el pago.
  • Se deben solicitar comprobantes fiscales.
  • Presentar ante el SAT las declaraciones que correspondan.

Un dato importante es que en México se estima que existen 5.8 millones de viviendas rentadas, de las cuales el 54% de ellas no cuentan con un contrato de renta vigente, lo que se traduce en un panorama de total inseguridad tanto para el propietario como para el inquilino.

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