¿Cómo debo estar dado de alta en el SAT si rento una vivienda, terreno o local?
Aquellas personas que son propietarias de una casa, departamento, terreno o local, también tienen la responsabilidad de estar dadas de alta en el SAT, pero antes de hacer este trámite deben percatarse de que sea en el régimen fiscal correcto, además de que tienen obligaciones que cumplir.
Y es que hay que considerar que el arrendamiento cuenta como una actividad económica.
En este caso nos referiremos al que realizan las personas físicas, no las empresas. Entonces, si decidiste rentar, incluso a un conocido o familiar, debes estar dado de alta ante el SAT, para dar a conocer que autorizas el uso de ese inmueble.
Este aspecto es de suma importancia, ya que ayuda a resolver cualquier problema que se tenga con el o los inquilinos, debido a que el dueño del espacio o lugar tendrá cómo defenderse legalmente ante cualquier situación.
¿Qué régimen debes tener si rentas una propiedad a alguien más?
Al darse de alta en el SAT, el dueño del lugar debe elegir la opción de arrendador. Ante esto, el SAT especifica que: “Deberás tributar en el Régimen de Arrendamiento si eres dueño de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autorizas a otras personas para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos a cambio de una cantidad periódica de dinero (renta)”.
Estas son algunas de las características que tiene la persona en régimen de arrendador ante la dependencia:Régimen
Estos son sólo algunos de los puntos que debes tomar en cuenta al ser dueño de una propiedad, inmueble o como le quieras llamar, pero si necesitas más asesoría sobre este y otros temas, no olvides en contactar a uno de nuestros asesores.